¡Ya casi terminamos! Tenemos la información para poder cotizar tu seguro. Solo nos faltan tus datos para contactarte.
Para ofrecerte las mejores opciones, necesitamos información acerca de ti y del seguro que buscas
Escríbeme si tienes dudas
Obten tu cotización y haz las modificaciones de tu gusto hasta encontrar el plazo y monto de tu gusto
Recupera el 100% de lo que pagaste si ya no deseas hacer uso de tu seguro
Recuperas hasta 250% de lo que aportaste si dejas tu dinero crecer varios años sin aportar más
En caso de fallecimiento, las personas que elijas como beneficiarios recibirán la suma asegurada contratada o tú, en caso de llegar a invalidarte. Y sino pasa nada, ¡recibes el ahorro generado que va creciendo conforme pasan los años! La cantidad a recibir dependerá de cuando quieras sacar tu dinero pero puedes obtener ¡hasta 250% más de lo que tu aportaste!
Las mejores tarifas por las mejores coberturas en total transparencia
Mira todas las tarifas especiales que tenemos para ti
El seguro de vida/ahorro es el mejor plan financiero para cumplir tus objetivos de protección y sobre todo de ahorro sea a mediano o largo plazo como para el retiro.
Las exclusiones para el pago de la suma asegurada son las siguientes:
No, es un seguro aparte pero lo puedes obtener con Kalmy por un costo muy bajo.
SUMA ASEGURADA Es la cantidad máxima con la que tu aseguradora indemnizará a los beneficiarios del asegurado o al asegurado en caso de invalidez.
FALLECIMIENTO En caso de fallecimiento por muerte accidental o natural, se entregará a los beneficiarios la suma asegurada estipulada en la carátula de la póliza.
INVALIDEZ En caso de invalidez, se entregará al asegurado la suma asegurada estipulada en la carátula de la portada. La invalidez debe de ser total y permanente.
Se considera una invalidez total y permanente cuando el asegurado ya no puede ejercer las funciones que, antes de la invalidez, ejercía.
Se entregará la suma asegurada después de haber transcurrido 6 meses a partir del dictamen de la invalidez total y permanente.
EXENCIÓN POR INVALIDEZ En caso de invalidez total y permanente, la aseguradora se hará cargo del costo de la póliza para el asegurado que sufrió la invalidez.
ANTICIPO FALLECIMIENTO En caso de fallecimiento del Asegurado, el Beneficiario podrá solicitar a la aseguradora el pago de un anticipo de la Suma Asegurada de la cobertura Básica de Muerte con la presentación del certificado médico de defunción.
La cantidad que anticipe la aseguradora, se estipula en la caratula de la póliza puede ser por un máximo del 30% de la Suma Asegurada de la Cobertura Básica de Muerte estipulada en la póliza/certificado o por un monto fijo.
En caso de que hubiere varios Beneficiarios, el pago correspondiente se hará a aquel que presente a la Compañía el certificado médico de defunción. Por lo general se solicita el anticipo para apoyar con los gastos funerarios.
ANTICIPO POR ENFERMEDAD TERMINAL: En caso de que al Asegurado se le diagnostique una Enfermedad Terminal, el asegurado podrá solicitar un anticipo de la suma asegurada.
La cantidad que anticipe la aseguradora, se estipula en la caratula de la póliza puede ser por un máximo del 30% de la Suma Asegurada de la Cobertura Básica de Muerte estipulada en la póliza/certificado o por un monto fijo.
Se entiende por Enfermedad Terminal cualquiera de los padecimientos que expresamente no se encuentren excluidos en este beneficio y siempre que se considere que por sus condiciones de salud la enfermedad sea progresiva e incurable y que ocasionará necesaria o muy probablemente la muerte del Asegurado dentro de un lapso no mayor de 12 meses contados a partir de la fecha del dictamen.
Hay que considerar un tiempo de espera de 90 días a partir de la fecha de emisión para que aplique esa cobertura.
ASISTENCIA FUNERARIA Al ocurrir el deceso del Asegurado , los Beneficiarios designados del Asegurado podrán solicitar el servicio funerario a través del Proveedor en Convenio.
El Servicio de Asistencia Funeraria estará disponible las 24 horas del día, los 365 días del año, por conducto del Proveedor en Convenio, y consiste en lo siguiente:
SERVICIOS INCLUIDOS
Por lo general, para ese servicio se aplica el pago directo.
Puedes pagar tu seguro de vida/ahorro a 12 MSI o mensual
KALMY es tu súper agente digital de seguros, te cuidamos siempre, optimizando y personalizando tus necesidades de seguros para que siempre estén más accesibles, transparentes y comprensibles. Con KALMY tus seguros son más completos, más baratos y para mejorar tu experiencia, gracias a la app KALMY, te damos acceso a toda la información de tus seguros en curso en un lenguaje sencillo y un apoyo 24/7 en caso de siniestros.
Somos un broker en seguros registrado delante de la Comisión Nacional de Seguros Fianzas (CNSF) con el número de cédula G324671 y trabajamos actualmente con 12 aseguradoras.
Si. Pregunta por las coberturas adicionales que podemos darte en tu poliza de vida / ahorro:
MUERTE ACCIDENTALEn caso de muerte accidental del asegurado, se pagará a los beneficiarios el doble de la suma asegurada contratada
MUERTE ACCIDENTAL COLECTIVAEn caso de muerte accidental colectiva del asegurado, se pagar a los beneficiarios el doble de la suma asegurada contratada
La muerte se considera colectiva cuando ocurre la muerte de varias personas al mismo tiempo en un lugar público. Por ejemplo, en un accidente de autobús, en un elevador, en un centro comercial, etc. Los accidentes de avión no son considerados como colectivos.
La edad limite es de 65 años.
¡Por supuesto!
El seguro de vida/ahorro es el mejor plan financiero para cumplir tus objetivos de protección y sobre todo de ahorro sea a mediano o largo plazo como para el retiro.
SUMA ASEGURADA Es la cantidad máxima con la que tu aseguradora indemnizará a los beneficiarios del asegurado o al asegurado en caso de invalidez.
FALLECIMIENTO En caso de fallecimiento por muerte accidental o natural, se entregará a los beneficiarios la suma asegurada estipulada en la carátula de la póliza.
INVALIDEZ En caso de invalidez, se entregará al asegurado la suma asegurada estipulada en la carátula de la portada. La invalidez debe de ser total y permanente.
Se considera una invalidez total y permanente cuando el asegurado ya no puede ejercer las funciones que, antes de la invalidez, ejercía.
Se entregará la suma asegurada después de haber transcurrido 6 meses a partir del dictamen de la invalidez total y permanente.
EXENCIÓN POR INVALIDEZ En caso de invalidez total y permanente, la aseguradora se hará cargo del costo de la póliza para el asegurado que sufrió la invalidez.
ANTICIPO FALLECIMIENTO En caso de fallecimiento del Asegurado, el Beneficiario podrá solicitar a la aseguradora el pago de un anticipo de la Suma Asegurada de la cobertura Básica de Muerte con la presentación del certificado médico de defunción.
La cantidad que anticipe la aseguradora, se estipula en la caratula de la póliza puede ser por un máximo del 30% de la Suma Asegurada de la Cobertura Básica de Muerte estipulada en la póliza/certificado o por un monto fijo.
En caso de que hubiere varios Beneficiarios, el pago correspondiente se hará a aquel que presente a la Compañía el certificado médico de defunción. Por lo general se solicita el anticipo para apoyar con los gastos funerarios.
ANTICIPO POR ENFERMEDAD TERMINAL: En caso de que al Asegurado se le diagnostique una Enfermedad Terminal, el asegurado podrá solicitar un anticipo de la suma asegurada.
La cantidad que anticipe la aseguradora, se estipula en la caratula de la póliza puede ser por un máximo del 30% de la Suma Asegurada de la Cobertura Básica de Muerte estipulada en la póliza/certificado o por un monto fijo.
Se entiende por Enfermedad Terminal cualquiera de los padecimientos que expresamente no se encuentren excluidos en este beneficio y siempre que se considere que por sus condiciones de salud la enfermedad sea progresiva e incurable y que ocasionará necesaria o muy probablemente la muerte del Asegurado dentro de un lapso no mayor de 12 meses contados a partir de la fecha del dictamen.
Hay que considerar un tiempo de espera de 90 días a partir de la fecha de emisión para que aplique esa cobertura.
ASISTENCIA FUNERARIA Al ocurrir el deceso del Asegurado , los Beneficiarios designados del Asegurado podrán solicitar el servicio funerario a través del Proveedor en Convenio.
El Servicio de Asistencia Funeraria estará disponible las 24 horas del día, los 365 días del año, por conducto del Proveedor en Convenio, y consiste en lo siguiente:
SERVICIOS INCLUIDOS
Por lo general, para ese servicio se aplica el pago directo.
Si. Pregunta por las coberturas adicionales que podemos darte en tu poliza de vida / ahorro:
MUERTE ACCIDENTALEn caso de muerte accidental del asegurado, se pagará a los beneficiarios el doble de la suma asegurada contratada
MUERTE ACCIDENTAL COLECTIVAEn caso de muerte accidental colectiva del asegurado, se pagar a los beneficiarios el doble de la suma asegurada contratada
La muerte se considera colectiva cuando ocurre la muerte de varias personas al mismo tiempo en un lugar público. Por ejemplo, en un accidente de autobús, en un elevador, en un centro comercial, etc. Los accidentes de avión no son considerados como colectivos.
Las exclusiones para el pago de la suma asegurada son las siguientes:
Puedes pagar tu seguro de vida/ahorro a 12 MSI o mensual
La edad limite es de 65 años.
No, es un seguro aparte pero lo puedes obtener con Kalmy por un costo muy bajo.
¡Por supuesto!
KALMY es tu súper agente digital de seguros, te cuidamos siempre, optimizando y personalizando tus necesidades de seguros para que siempre estén más accesibles, transparentes y comprensibles. Con KALMY tus seguros son más completos, más baratos y para mejorar tu experiencia, gracias a la app KALMY, te damos acceso a toda la información de tus seguros en curso en un lenguaje sencillo y un apoyo 24/7 en caso de siniestros.
Somos un broker en seguros registrado delante de la Comisión Nacional de Seguros Fianzas (CNSF) con el número de cédula G324671 y trabajamos actualmente con 12 aseguradoras.