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¿Que cubre el seguro?

En caso de fallecimiento, las personas que elijas como beneficiarios recibirán la suma asegurada contratada o tú, en caso de llegar a invalidarte. Y sino pasa nada, ¡recibes el ahorro generado que va creciendo conforme pasan los años! La cantidad a recibir dependerá de cuando quieras sacar tu dinero pero puedes obtener ¡hasta 250% más de lo que tu aportaste!

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SERVICIO 24/7 en caso de siniestros.

Al ser asegurado KALMY, te asignamos un equipo dedicado a cuidarte para dudas, cambios en tu póliza y sobre todo siniestros. Estamos contigo desde el primer momento hasta saber que tú y los tuyos están bien.

BENEFICIOS EXCLUSIVOS INCLUIDOS

Sin costo adicional, sólo por ser asegurado a través de Kalmy beneficia de descuentos en laboratorios, nutriologos y más...

Preguntas Frecuentes

¿Qué es un seguro de vida/ahorro?

El seguro de vida/ahorro es el mejor plan financiero para cumplir tus objetivos de protección y sobre todo de ahorro sea a mediano o largo plazo como para el retiro.

¿En que casos existe exclusión para el pago de mi protección?

Las exclusiones para el pago de la suma asegurada son las siguientes:

  • Lesiones provocadas intencionalmente por el propio asegurado (cualquiera que sea su causa).
  • Lesiones sufridas en servicio militar de cualquier clase, en actos de guerra o rebelión, alborotos populares o insurrecciones.
  • Lesiones sufridas en actos delictuosos cometidos por el propio asegurado.
  • Lesiones sufridas al participar el asegurado en una riña, siempre que él haya sido el provocador.
  • Accidentes que ocurran mientras el asegurado se encuentra a bordo de una nave particular, ya sea aérea o marítima, excepto cuando viajare como pasajero de un vehículo público, ya sea aéreo o marítimo, de compañía comercial, debidamente autorizada en viaje de itinerario regular entre aeropuertos o puertos establecidos.
  • Accidentes que ocurran durante la celebración de pruebas de contiendas de velocidad, resistencia o seguridad en vehículos de cualquier tipo.
  • Accidentes que ocurran mientras el asegurado haga uso de motocicletas, motonetas u otros vehículos similares de motor al menos que el asegurado declare en la solicitud inicial de contratación manejar ese tipo de vehículo.
  • Accidentes que ocurran mientras el asegurado se encuentre realizando actividades de paracaidismo, buceo, alpinismo, charrería, esquí, tauromaquia, montañismo, boxeo, cualquier tipo de lucha, cualquier deporte aéreo, artes marciales, espeleología, equitación, rugby, rapel u otras actividades deportivas, igualmente peligrosas al menos que el asegurado declare en la solicitud inicial de contratación practicar alguno de esos deportes.
  • Padecimientos que se hubieran manifestado antes del inicio de vigencia del contrato de seguro, que fueron diagnosticados.
  • Lesiones sufridas por culpa grave del asegurado cuando se encuentre bajo los efectos del alcohol, enervantes que le causen perturbación mental, pérdida del conocimiento o drogas, excepto las prescritas por un médico
¿El seguro de vida/ahorro incluye seguro de gastos médicos?

No, es un seguro aparte pero lo puedes obtener con Kalmy por un costo muy bajo.

¿Qué cubre un seguro de vida ahorro?
  • SUMA ASEGURADA Es la cantidad máxima con la que tu aseguradora indemnizará a los beneficiarios del asegurado o al asegurado en caso de invalidez.

  • FALLECIMIENTO En caso de fallecimiento por muerte accidental o natural, se entregará a los beneficiarios la suma asegurada estipulada en la carátula de la póliza.

  • INVALIDEZ En caso de invalidez, se entregará al asegurado la suma asegurada estipulada en la carátula de la portada. La invalidez debe de ser total y permanente.

    Se considera una invalidez total y permanente cuando el asegurado ya no puede ejercer las funciones que, antes de la invalidez, ejercía.

    Se entregará la suma asegurada después de haber transcurrido 6 meses a partir del dictamen de la invalidez total y permanente.

  • EXENCIÓN POR INVALIDEZ En caso de invalidez total y permanente, la aseguradora se hará cargo del costo de la póliza para el asegurado que sufrió la invalidez.

  • ANTICIPO FALLECIMIENTO En caso de fallecimiento del Asegurado, el Beneficiario podrá solicitar a la aseguradora el pago de un anticipo de la Suma Asegurada de la cobertura Básica de Muerte con la presentación del certificado médico de defunción.

    La cantidad que anticipe la aseguradora, se estipula en la caratula de la póliza puede ser por un máximo del 30% de la Suma Asegurada de la Cobertura Básica de Muerte estipulada en la póliza/certificado o por un monto fijo.

    En caso de que hubiere varios Beneficiarios, el pago correspondiente se hará a aquel que presente a la Compañía el certificado médico de defunción. Por lo general se solicita el anticipo para apoyar con los gastos funerarios.

  • ANTICIPO POR ENFERMEDAD TERMINAL: En caso de que al Asegurado se le diagnostique una Enfermedad Terminal, el asegurado podrá solicitar un anticipo de la suma asegurada.

    La cantidad que anticipe la aseguradora, se estipula en la caratula de la póliza puede ser por un máximo del 30% de la Suma Asegurada de la Cobertura Básica de Muerte estipulada en la póliza/certificado o por un monto fijo.

    Se entiende por Enfermedad Terminal cualquiera de los padecimientos que expresamente no se encuentren excluidos en este beneficio y siempre que se considere que por sus condiciones de salud la enfermedad sea progresiva e incurable y que ocasionará necesaria o muy probablemente la muerte del Asegurado dentro de un lapso no mayor de 12 meses contados a partir de la fecha del dictamen.

    Hay que considerar un tiempo de espera de 90 días a partir de la fecha de emisión para que aplique esa cobertura.

    Quedan excluidas las Enfermedades Terminales originadas por:
    • El intento de suicidio o lesión dolosa o intencional.
    • La adicción a bebidas alcohólicas, drogas, estupefacientes y psicotrópicos.
    • Una infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) o Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y cualquiera de los padecimientos derivados de esta enfermedad durante el primer año.
    • Diagnóstico de una Enfermedad Terminal preexistente a la contratación del seguro.
  • ASISTENCIA FUNERARIA Al ocurrir el deceso del Asegurado , los Beneficiarios designados del Asegurado podrán solicitar el servicio funerario a través del Proveedor en Convenio.

    El Servicio de Asistencia Funeraria estará disponible las 24 horas del día, los 365 días del año, por conducto del Proveedor en Convenio, y consiste en lo siguiente:

    • Proporcionar opciones de Agencias Funerarias pertenecientes a la Red Funeraria del Proveedor en Convenio dentro de la localidad.
    • Solicitar y coordinar el servicio funerario con la Agencia Funeraria seleccionada por el Beneficiario o familiar.

    SERVICIOS INCLUIDOS

    1.Para Inhumación:
    • Recolección del cuerpo.
    • Servicio de embalsamado.
    • Arreglo estético del cuerpo.
    • Ataúd metálico básico.
    • Capilla de velación o domiciliaria. La sala de velación será disponible hasta por un período de 24 horas.
    • Traslado en carroza para inhumación.
    • Gestión de trámites para llevar a cabo el servicio mortuorio
    2.Para Cremación:
    • Recolección del cuerpo.
    • Arreglo estético del cuerpo.
    • Ataúd para velación.
    • Capilla de velación o domiciliaria. La sala de velación será disponible hasta por un período de 24 horas.
    • Servicio de Cremación.
    • Una urna básica para cenizas.
    • Gestión de Trámites para llevar a cabo el servicio mortuorio.
    En ambos casos, también tendrán derecho a:
    • Una consulta telefónica en materia testamentaria con un abogado especialista.
    • Los servicios de consulta de un tanatólogo, en caso de solicitarlo.

    Por lo general, para ese servicio se aplica el pago directo.

¿Puedo pagar mi seguro de vida/ahorro a 12 meses sin intereses o mensual?

Puedes pagar tu seguro de vida/ahorro a 12 MSI o mensual

¿Por qué contratar con KALMY y no directamente con las aseguradoras?
  1. Por el precio, siendo digital nos permite ofrecerte mejores tarifas.
  2. Con KALMY, no nada más compras tu seguro sino que adquieres de por vida un asesor que siempre estará aquí para acompañarte en caso de siniestros y asesorarte sobre las mejores opciones del mercado ya que KALMY trabaja con las mejores aseguradoras del país para ofrecerte siempre las mejores opciones en total transparencia.
  3. KALMY te incluye un programa wellness online que incluye beneficios como chequeo medico, consultas en linea con doctores, programa de deporte, nutrición y psicología, descuentos en gimnasios… y muchos otros beneficios para que puedas cuidar tu salud siempre!!
¿Quién es KALMY?

KALMY es tu súper agente digital de seguros, te cuidamos siempre, optimizando y personalizando tus necesidades de seguros para que siempre estén más accesibles, transparentes y comprensibles. Con KALMY tus seguros son más completos, más baratos y para mejorar tu experiencia, gracias a la app KALMY, te damos acceso a toda la información de tus seguros en curso en un lenguaje sencillo y un apoyo 24/7 en caso de siniestros.

Somos un broker en seguros registrado delante de la Comisión Nacional de Seguros Fianzas (CNSF) con el número de cédula G324671 y trabajamos actualmente con 12 aseguradoras.

¿Hay coberturas adicionales a las mostradas en las cotizaciones?

Si. Pregunta por las coberturas adicionales que podemos darte en tu poliza de vida / ahorro:

MUERTE ACCIDENTALEn caso de muerte accidental del asegurado, se pagará a los beneficiarios el doble de la suma asegurada contratada

MUERTE ACCIDENTAL COLECTIVAEn caso de muerte accidental colectiva del asegurado, se pagar a los beneficiarios el doble de la suma asegurada contratada

La muerte se considera colectiva cuando ocurre la muerte de varias personas al mismo tiempo en un lugar público. Por ejemplo, en un accidente de autobús, en un elevador, en un centro comercial, etc. Los accidentes de avión no son considerados como colectivos.

¿Cuál es la edad limite para contratar un seguro de vida/ahorro?

La edad limite es de 65 años.

Ya tengo un seguro de vida: ¿me puedo cambiar a KALMY?

¡Por supuesto!

¿Qué es un seguro de vida/ahorro?

El seguro de vida/ahorro es el mejor plan financiero para cumplir tus objetivos de protección y sobre todo de ahorro sea a mediano o largo plazo como para el retiro.

¿Qué cubre un seguro de vida ahorro?
  • SUMA ASEGURADA Es la cantidad máxima con la que tu aseguradora indemnizará a los beneficiarios del asegurado o al asegurado en caso de invalidez.

  • FALLECIMIENTO En caso de fallecimiento por muerte accidental o natural, se entregará a los beneficiarios la suma asegurada estipulada en la carátula de la póliza.

  • INVALIDEZ En caso de invalidez, se entregará al asegurado la suma asegurada estipulada en la carátula de la portada. La invalidez debe de ser total y permanente.

    Se considera una invalidez total y permanente cuando el asegurado ya no puede ejercer las funciones que, antes de la invalidez, ejercía.

    Se entregará la suma asegurada después de haber transcurrido 6 meses a partir del dictamen de la invalidez total y permanente.

  • EXENCIÓN POR INVALIDEZ En caso de invalidez total y permanente, la aseguradora se hará cargo del costo de la póliza para el asegurado que sufrió la invalidez.

  • ANTICIPO FALLECIMIENTO En caso de fallecimiento del Asegurado, el Beneficiario podrá solicitar a la aseguradora el pago de un anticipo de la Suma Asegurada de la cobertura Básica de Muerte con la presentación del certificado médico de defunción.

    La cantidad que anticipe la aseguradora, se estipula en la caratula de la póliza puede ser por un máximo del 30% de la Suma Asegurada de la Cobertura Básica de Muerte estipulada en la póliza/certificado o por un monto fijo.

    En caso de que hubiere varios Beneficiarios, el pago correspondiente se hará a aquel que presente a la Compañía el certificado médico de defunción. Por lo general se solicita el anticipo para apoyar con los gastos funerarios.

  • ANTICIPO POR ENFERMEDAD TERMINAL: En caso de que al Asegurado se le diagnostique una Enfermedad Terminal, el asegurado podrá solicitar un anticipo de la suma asegurada.

    La cantidad que anticipe la aseguradora, se estipula en la caratula de la póliza puede ser por un máximo del 30% de la Suma Asegurada de la Cobertura Básica de Muerte estipulada en la póliza/certificado o por un monto fijo.

    Se entiende por Enfermedad Terminal cualquiera de los padecimientos que expresamente no se encuentren excluidos en este beneficio y siempre que se considere que por sus condiciones de salud la enfermedad sea progresiva e incurable y que ocasionará necesaria o muy probablemente la muerte del Asegurado dentro de un lapso no mayor de 12 meses contados a partir de la fecha del dictamen.

    Hay que considerar un tiempo de espera de 90 días a partir de la fecha de emisión para que aplique esa cobertura.

    Quedan excluidas las Enfermedades Terminales originadas por:
    • El intento de suicidio o lesión dolosa o intencional.
    • La adicción a bebidas alcohólicas, drogas, estupefacientes y psicotrópicos.
    • Una infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) o Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y cualquiera de los padecimientos derivados de esta enfermedad durante el primer año.
    • Diagnóstico de una Enfermedad Terminal preexistente a la contratación del seguro.
  • ASISTENCIA FUNERARIA Al ocurrir el deceso del Asegurado , los Beneficiarios designados del Asegurado podrán solicitar el servicio funerario a través del Proveedor en Convenio.

    El Servicio de Asistencia Funeraria estará disponible las 24 horas del día, los 365 días del año, por conducto del Proveedor en Convenio, y consiste en lo siguiente:

    • Proporcionar opciones de Agencias Funerarias pertenecientes a la Red Funeraria del Proveedor en Convenio dentro de la localidad.
    • Solicitar y coordinar el servicio funerario con la Agencia Funeraria seleccionada por el Beneficiario o familiar.

    SERVICIOS INCLUIDOS

    1.Para Inhumación:
    • Recolección del cuerpo.
    • Servicio de embalsamado.
    • Arreglo estético del cuerpo.
    • Ataúd metálico básico.
    • Capilla de velación o domiciliaria. La sala de velación será disponible hasta por un período de 24 horas.
    • Traslado en carroza para inhumación.
    • Gestión de trámites para llevar a cabo el servicio mortuorio
    2.Para Cremación:
    • Recolección del cuerpo.
    • Arreglo estético del cuerpo.
    • Ataúd para velación.
    • Capilla de velación o domiciliaria. La sala de velación será disponible hasta por un período de 24 horas.
    • Servicio de Cremación.
    • Una urna básica para cenizas.
    • Gestión de Trámites para llevar a cabo el servicio mortuorio.
    En ambos casos, también tendrán derecho a:
    • Una consulta telefónica en materia testamentaria con un abogado especialista.
    • Los servicios de consulta de un tanatólogo, en caso de solicitarlo.

    Por lo general, para ese servicio se aplica el pago directo.

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MUERTE ACCIDENTALEn caso de muerte accidental del asegurado, se pagará a los beneficiarios el doble de la suma asegurada contratada

MUERTE ACCIDENTAL COLECTIVAEn caso de muerte accidental colectiva del asegurado, se pagar a los beneficiarios el doble de la suma asegurada contratada

La muerte se considera colectiva cuando ocurre la muerte de varias personas al mismo tiempo en un lugar público. Por ejemplo, en un accidente de autobús, en un elevador, en un centro comercial, etc. Los accidentes de avión no son considerados como colectivos.

¿En que casos existe exclusión para el pago de mi protección?

Las exclusiones para el pago de la suma asegurada son las siguientes:

  • Lesiones provocadas intencionalmente por el propio asegurado (cualquiera que sea su causa).
  • Lesiones sufridas en servicio militar de cualquier clase, en actos de guerra o rebelión, alborotos populares o insurrecciones.
  • Lesiones sufridas en actos delictuosos cometidos por el propio asegurado.
  • Lesiones sufridas al participar el asegurado en una riña, siempre que él haya sido el provocador.
  • Accidentes que ocurran mientras el asegurado se encuentra a bordo de una nave particular, ya sea aérea o marítima, excepto cuando viajare como pasajero de un vehículo público, ya sea aéreo o marítimo, de compañía comercial, debidamente autorizada en viaje de itinerario regular entre aeropuertos o puertos establecidos.
  • Accidentes que ocurran durante la celebración de pruebas de contiendas de velocidad, resistencia o seguridad en vehículos de cualquier tipo.
  • Accidentes que ocurran mientras el asegurado haga uso de motocicletas, motonetas u otros vehículos similares de motor al menos que el asegurado declare en la solicitud inicial de contratación manejar ese tipo de vehículo.
  • Accidentes que ocurran mientras el asegurado se encuentre realizando actividades de paracaidismo, buceo, alpinismo, charrería, esquí, tauromaquia, montañismo, boxeo, cualquier tipo de lucha, cualquier deporte aéreo, artes marciales, espeleología, equitación, rugby, rapel u otras actividades deportivas, igualmente peligrosas al menos que el asegurado declare en la solicitud inicial de contratación practicar alguno de esos deportes.
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¿Cuál es la edad limite para contratar un seguro de vida/ahorro?

La edad limite es de 65 años.

¿El seguro de vida/ahorro incluye seguro de gastos médicos?

No, es un seguro aparte pero lo puedes obtener con Kalmy por un costo muy bajo.

¿Por qué contratar con KALMY y no directamente con las aseguradoras?
  1. Por el precio, siendo digital nos permite ofrecerte mejores tarifas.
  2. Con KALMY, no nada más compras tu seguro sino que adquieres de por vida un asesor que siempre estará aquí para acompañarte en caso de siniestros y asesorarte sobre las mejores opciones del mercado ya que KALMY trabaja con las mejores aseguradoras del país para ofrecerte siempre las mejores opciones en total transparencia.
  3. KALMY te incluye un programa wellness online que incluye beneficios como chequeo medico, consultas en linea con doctores, programa de deporte, nutrición y psicología, descuentos en gimnasios… y muchos otros beneficios para que puedas cuidar tu salud siempre!!
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